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La formación ayuda a las empresas a incrementar su capacidad y rendimiento, desarrollando las competencias y cualificaciones de sus empleados.
Para ello, permite a los empresarios disponer de parte del dinero aportado a la Seguridad Social a lo largo del año anterior para invertirlo en formación en el año en curso, mediante la aplicación de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Esta formación comprende acciones formativas de las empresas y permisos individuales de formación, y su objetivo es responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.
Desde DGP Consultores te ayudamos en la gestión de la formación programada (bonificada), ya que somos entidad inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación para poder impartir y organizar este tipo de cursos. Además colaboramos con otras importantes empresas del sector para dar el mejor servicio a nuestros clientes como Grupo System.
¿Qué empresas pueden acceder a las ayudas para formación mediante el sistema de bonificaciones?
Todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño o ubicación y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
¿Cómo Aplicar la bonificación?
La empresa podrá practicar la bonificación a partir del mes en que finalice la acción formativa, en el boletín de cotización del mes siguiente, o hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso.
Si el saldo es acreedor (el importe a bonificar es superior a la cotización de la empresa), la TGSS procederá a su reembolso.
Requisitos que debe cumplir el alumno para que una empresa pueda bonificar un curso
En modalidad presencial se entiende que el trabajador ha finalizado una acción si ha asistido al menos al 75% de las horas impartidas.
En modalidad telefoformación si ha realizado al menos el 75 por 100 de los controles periódicos de su aprendizaje. Además , los tiempos de conexion a la plataforma, así como la actividad del alumno,realización de los diferentes contenidos, interactividad con el tutor, etc. deberán estar en consonancia con la duración de la acción formativa.
Novedades en formación programada 2018
Las principales novedades derivadas del Real Decreto 694/2017 del 3 de julio son las siguientes:
El límite de horas diarias de un curso, pasa de 8 a 10 horas. Siempre y cuando estas 10 horas estén concentradas en una sola jornada de formación, y represente la duración total del curso. Por otra parte, se deberá seguir respetando el máximo semanal de 40 horas destinadas a la formación.
El límite de 10 horas diarias debe incluir tanto las horas presenciales como telemáticas. Cuando se trate de un curso de modalidad mixta.
El número máximo de alumnos por curso pasa de 25 a 30, en modalidad presencial.
El crédito para la formación bonificada, se podrá acumular durante dos años. Únicamente podrán hacerlo las empresas de menos de 50 trabajadores. Además, tendrán que comunicarlo a la administración pública durante el primer semestre del año.
Consulta nuestro catálogo completo de cursos para formación programada y contacta con nosotros si te interesa alguno de ellos.
Obtén más información a través de la página de Fundae https://www.fundae.es
Si quieres conocer el crédito disponible de tu empresa rellena el siguiente documento y envíanoslo firmado.
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